Una sentencia inédita en Aragón.
El TSJA anula los despidos de 116 trabajadores de la concursada Vitrex
La empresa deberá readmitir a la plantilla y abonar el coste salarial de siete meses de trabajo.El tribunal pide a la mercantil que aclare si la firma forma parte del grupo empresarial Rayen.
10/02/2011 J. HERAS PASTOR
- Trabajadores de Vitrex durante una protesta en diciembre del 2008. FOTO: ARCHIVO
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La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha anulado y dejado sin efecto la extinción --el pasado junio-- de los contratos de 116 trabajadores de la empresa zaragozana Vitrex, declarada en concurso voluntario de acreedores hace un año. La sentencia invalida por graves defectos procedimentales los autos del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza que decretaron el expediente de regulación de empleo (ERE) y ordena por ello que se aclare si la compañía forma parte de la matriz Rayen. Este cuestión es clave, ya que la existencia de un grupo empresarial a efectos laborales modificaría notablemente las condiciones de los despidos, que pasarían de la indemnización mínima que se fijó --20 días y a costa de los fondos públicos del Fogasa-- a una rescisión improcedente (45 días).
El Tribunal estima así los recursos de suplica contra el expediente presentados por el comité de empresa --representado por el despacho de abogados Gutiérrez Arrudi-- y pone al descubierto las causas de la disolución de la sociedad, que no han sido rigurosas, según la plantilla. La sentencia, a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, es considerada inédita en Aragón por el hecho de anular un ERE concursal y sienta un precedente de jurisprudencia menor para otros controvertidos procesos concursales, ya que sobre ésta cabe recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo.
La consecuencia más inmediata del fallo judicial es que la plantilla tendrá ser readmitida, a pesar de que la empresa se encuentra sin actividad --estaba especializada en productos de acero vitrificado-- y en fase de liquidación. Esto supone además que Vitrex deberá abonar los salarios de los últimos siete meses, que es el tiempo transcurrido desde que se rompió la relación laboral con la compañía.
Como la mayoría del personal ha estado percibiendo prestaciones por desempleo, la empresa deberá pagar el coste de estos subsidios a la Seguridad Social, mientras que a los trabajadores tendrá que retribuirlos con la diferencia entre la paga del paro y el salario que percibían. La firma concursada también deberá hacerse cargo de las cotizaciones del Seguro correspondientes a siete meses de trabajo. Esto permitirá que algunos trabajadores consoliden sus bases de cotización para el cálculo de la jubilación.
"DESATENCIÓN PALMARIA" El pago de estas cuantías elevaría enormemente la deuda de la firma concursada y distorsionaría su liquidación, lo que pone a su vez en entredicho la gestión de los administradores concursales.
En sus recursos, el comité alegaba defectos de forma y fondo en la petición de la nulidad del ERE. El TSJA ni siquiera entra a valorar la existencia o no de un grupo empresarial, pero deja sin efecto el ajuste laboral por entender que se ha dado "una desatención palmaria del alegado" y "una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva" de la parte demandante, según recoge el punto cuarto de los fundamentos de derecho de la sentencia.
Los magistrados no entienden cómo la Mercantil, con toda la información y pruebas que tenía en su haber, omitió en los autos del ERE "toda consideración" sobre la posible existencia de un grupo de empresas. Así lo apunta el informe remitido al juzgado por la autoridad laboral (DGA), elaborado en base a los datos constatados por la Inspección de Trabajo, así como el informe técnico --de un economista-- que aportó la representación de la plantilla.
Si la empresa esta en quiebra y no tiene un duro, ¿como le va a pagar el salario a los trabajadores?. Esto es una estrategia más del Gobierno para decir que hay 116 parados menos. Y mientras tanto los del comite a jugar cada viernes al guiñote en el local social.
ResponderEliminarLoli, esta vez no estoy de acuerdo con tu opinión : no es que hayan tenido más suerte que nosotros sino que lo han gestionado de otra forma más "legalista". De todas formas ahora se volverán a quedar sin cobrar un duro hasta que se pongan de acuerdo ( que con lo bien que funcionan los juzgados en este pais serán probablemente un montón de meses ) para al final no ver probablemente un euro de esa deuda salarial.
ResponderEliminarPor otro lado e independientemente de eso,
a mí sinceramente la sentencia me parece fantástica pues pone en evidencia todo el tinglado : al juzgado, a la administración concursal y a la empresa. Osea, exáctamente lo mismo que en nuestro caso pero aquí con apoyo judicial. Lo que me temo es que no va a servir para nada.
A propósito, he leido por ahí que los escandinavos que decían que eran los dueños de la fábrica, ahora resulta que tienen las finanzas tan saneadas y libres de deudas que parece que van a volver a repartir dividendos entre sus accionistas. Sin comentarios .....